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Seguro de Alquiler Requisitos - Zevablog

 Qué es un seguro de impago de alquiler

Cuando alquilas una vivienda o un espacio en tu propiedad, corres el riesgo de que el arrendatario no pague el alquiler, aunque tengas experiencia previa en este tipo de contratos, tengas referencias de inquilinos anteriores o hayas realizado todas las gestiones a través de una agencia inmobiliaria de confianza. Puede ocurrir porque el inquilino simplemente pierda su trabajo, un riesgo que se amplifica cuando la economía está en crisis. ¿De cuánto tiempo dispone para hacer frente a los obstáculos? ¿Dispone de recursos financieros para cubrir los costes de iniciar una acción judicial contra el inquilino?

Para protegerse de ello, existen las pólizas de seguro de impago de alquiler, que tienen una duración media de un año y proporcionan una sensación de seguridad a los propietarios de la vivienda alquilada. Como su nombre indica, estas pólizas se contratan para protegerse de cualquier reclamación del inquilino de la vivienda alquilada. Ésta es sólo una de sus muchas ventajas; también proporcionan la seguridad de que el propietario no se enfrentará a dificultades financieras como consecuencia de los impagos de los inquilinos, lo que es especialmente perjudicial si el dinero del alquiler se utiliza para pagar la hipoteca.

¿Cuáles son los requisitos para contratar una póliza de seguro de alquiler de vehículos?

El primer requisito para solicitarlo es que la aseguradora haga una comprobación de crédito del inquilino con el que se va a alquilar la vivienda. La aseguradora solicitará al inquilino varios documentos, como sus últimas nóminas o su contrato de trabajo, para determinar si existe riesgo de impago del alquiler. En general, un inquilino no pasará esta prueba si su mensualidad es igual o superior al 40% o al45% de sus ingresos mensuales. El historial crediticio del candidato a arrendatario también tiene un peso importante en la decisión.


¿Qué hay que tener en cuenta antes de contratar un seguro de alquiler?


Antes de contratar un seguro de alquiler, ten en cuenta la duración del contrato (que debe ser de al menos un año para tener derecho a la cobertura) y las obligaciones fiscales y legales que conlleva el alquiler de una vivienda.


Por ello, es fundamental que contrate una póliza de seguro de alquiler que le proteja de robos, vandalismo y otras faltas cometidas por sus inquilinos. De este modo, podrá estar seguro de que su póliza es eficaz, de que sus consultas son fiables y de que podrá hacer frente a las limitaciones financieras y temporales que conlleva la entrega de su vivienda.

¿A quién beneficia el seguro?

El más beneficiado por la contratación de este seguro es el propietario, ya que es él quien necesita estar protegido de cualquier ataque inquilino, por lo que debe ser él quien lo adquiera.

Se han observado prácticas fraudulentas en la contratación de este seguro, acordando ambas partes de antemano que el inquilino no pagará la renta mensual.

Esta es una de las razones para hacer un estudio de viabilidad del inquilino para asegurar su solvencia. También puede ayudar al propietario a seguir algunas pautas antes de contratar una póliza de seguro de alquiler.



Los seguros de impago de alquiler

además de cubrir el pago de las rentas adeudadas hasta un máximo de 12 mensualidades (algunos seguros ofrecen hasta 18 meses), también incluyen la reclamación de rentas impagadas y los trámites para poner en marcha un desahucio, así como asesoramiento jurídico en todo lo que necesite y cobertura legal en caso de tener que acudir a los tribunales. Otra de las coberturas habituales protege frente a posibles daños por actos vandálicos en los que haya incurrido (con un límite de dinero predeterminado) el inquilino.

Además de cubrir el pago de los alquileres adeudados durante un máximo de 12 meses (algunas aseguradoras ofrecen hasta 18 meses), el seguro de alquiler impago también cubre el reembolso de los alquileres adeudados, así como el asesoramiento jurídico y la protección en caso de demanda. Otra póliza de seguro común protege contra las posibles pérdidas causadas por actos delictivos en los que el inquilino haya estado involucrado (con un límite monetario predeterminado).

Algunos seguros ofrecen coberturas adicionales, entre ellas, asistencia en averías, reclamaciones a otras aseguradoras por daños y perjuicios, gastos de cerrajero y cambio de cerradura, gastos de impago de suministros, servicio de reparaciones de urgencia y limpieza de la vivienda. Algunos seguros de hogar también ofrecen la cobertura de seguro de impago por alquiler.



Cuando se firma este tipo de póliza, la aseguradora suele hacer un análisis del arrendatario para comprobar su solvencia, lo que puede incluir la solicitud de varios documentos como las últimas nóminas, el DNI y una copia del contrato de trabajo. Si es un autónomo, tendrá que presentar las declaraciones trimestrales del IVA, las del IRPF o la última declaración de la renta. También hay que asegurarse de que el inquilino no está en ninguna lista de mafiosos (si lo está, no podrá firmar el contrato de alquiler).

Gracias a este estudio anterior, el inquilino no necesita pagar una fianza o presentar un aval bancario. Otro requisito para firmar el contrato es que el coste anual del alquiler sea inferior al 45% de los ingresos anuales del arrendatario. Y el contrato de alquiler debe durar al menos un año, por lo que no se puede firmar si sólo se alquila por unos días o semanas.

¿Cuánto tiene que pagar el arrendador por este tipo de seguro? 

Obviamente, dependerá de las coberturas, pero en general se paga un porcentaje de la renta anual, que oscila entre el 3 y el 5%.

Si contratas una póliza de seguro de alquiler, es fundamental que notifiques enseguida a la aseguradora si hay algún problema para que ésta pueda gestionar la situación y presentar una reclamación. Si no se notifica el impago, la aseguradora no pagará las rentas atrasadas.


En resumen, la póliza de impago de un alquiler garantiza al arrendador el reembolso de los gastos mensuales del alquiler si no se paga, y se hace cargo de la defensa jurídica necesaria, así como de los daños económicos y materiales. Al mismo tiempo, es atractivo para el arrendatario, ya que le evita tener que esperar muchos meses por un préstamo o firmar un aval bancario.



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